
LOTERÍA DE NAVIDAD
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Que toque el 'Gordo' de la Lotería de Navidad puede ser el sueño cumplido para los padres que desean dar a sus hijos un pequeño (o no tan pequeño) empujón económico. Un acto que, sin duda, tiene sus consecuencias fiscales.
Si bien la persona a la que le toca el 'Gordo' no abandona su condición de contribuyente y tiene que pagar a Hacienda los impuestos correspondientes (un 20% de las cantidades no exentas, es decir, a partir de los 40.000 euros), en el caso de que decida donar a sus hijos algo de ese primer premio serán los propios descendientes los que tendrán que saldar deudas con Hacienda.
Los hijos que reciban parte del premio del 'Gordo' por un regalo de sus padres tienen que pagar el Impuesto sobre Donaciones, un tributo cedido en su gestión a las comunidades autónomas. Así, en función de la región en la que se viva se puede pagar más o menos.
La Comunidad de Madrid tiene sus propios reglas en cuanto al Impuesto sobre Donaciones. Tal y como informa en su página web, se tiene que pagar en un plazo de 30 días hábiles "desde el día siguiente a aquel en que se cause el acto o contrato gravado", pero no todos los contribuyentes pagarán lo mismo.
De hecho, la región madrileña contempla una bonificación de hasta el 99% de la cuota del impuesto para los descendientes, por lo que solo tendrán que pagar el 1% de su cuota tributaria.
No obstante, cabe la posibilidad de no pagar Impuesto sobre Donaciones, pero solo en aquellos casos en los que esta donación en metálico no sea superior a 250.000 euros y siempre que el descendiente que reciba esa donación use ese importe en el plazo máximo de un año en:
- La adquisición de una vivienda habitual.
- La compra de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución o de ampliación de capital de entidades que revistan la forma de Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Laboral, Sociedad de responsabilidad Limitada, Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral y Sociedad Cooperativa.
- La compra de bienes, servicios y derechos que se afecten al desarrollo de una empresa individual o un negocio profesional de la persona que recibe la donación.